Uti possidetis iuris

El uti possidetis iuris (locución procedente del latín que significa ‘como poseéis por derecho’) es un principio legal de acción. En el Derecho Privado significa la mantención del status quo del dominio que ejerce un propietario sobre un inmueble, cosa u objeto de su derecho; mientras que en el Derecho Internacional Público significa la mantención del status quo del dominio de los Estados sobre los territorios que les pertenecen en ese momento, o que le pertenecieron en el pasado inmediato al ocupante anterior del gobierno en un caso de independencia, con el fin de evitar enfrentamientos por la delimitación de nuevas fronteras.[1]

Este principio proviene del derecho romano, que autorizaba a la parte beligerante reclamar el territorio que había adquirido tras una guerra. A partir de ello, el término ha sido utilizado históricamente para legitimar conquistas territoriales, por ejemplo, la anexión de la Alsacia-Lorena por parte del Imperio alemán en 1871. Este principio fue aplicado en el siglo XVIII entre España, Portugal y el Reino Unido al finalizar la guerra del Asiento (1739-1748).

  1. Agustín W. Rodríguez, Beatriz Galetta de Rodríguez. "Locuciones latinas de aplicación jurídica actual" en Rodríguez, Agustín (2008). Ed. García Alonso, ed. Diccionario Latín Jurídico, Locuciones latinas de aplicación jurídica actual. ISBN 9789879488447. 

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